DISPOSITIVO
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, establece:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer y decidir la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana GLENDA JOSE LEON BOZO, debidamente asistida por el profesional del derecho JOEL RODRÍGUEZ ARRIETA, abogado en ejercicio, de su mismo domicilio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el Nº 31.224; en contra del INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN SOCIALISTA (INCES) GERENCIA REGION ZULIANA.
SEGUNDO: SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO la presente Acción de Amparo Constitucional, ACUERDA su tramitación conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constituci.....