DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes trascritos, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: JUSTO TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano ANELDO JOSE BRAVO DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.967.275; sobre las mejoras y bienhechurías fomentadas sobre un lote de terreno denominado "GRANJA DOÑA NELLYS", ubicado en el sector El Carmen, de la Parroquia El Rosario en jurisdicción del Municipio Rosario de Perijá del estado Zulia; constante de una superficie de CINCO HECTÁREAS CON SIETE MIL VEINTE METROS CUADRADOS (5 has con 7020 mts2), el cual se encuentra alinderado de la siguiente forma: NORTE: Vía de penetración; SUR: Terreno ocupado por Alberto Chiriguare; ESTE: Centro de acopio de cacao y OESTE: Terrenos ocupados por E.....