Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO (Artículo 185-A del Código Civil), y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos LUÍS DE HOYOS RODRÍGUEZ y OSMEIRA JOSEFINA VILLALOBOS DE DE HOYOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 25.407.819 y 9.719.450 respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el 30 de octubre de 1983, ante Jefe Civil y Secretaria de la Parroquia La Concepción del Municipio Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia, acta Nº 232, año 1983, acompañada a los autos en Copia Certificada.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por secre.....