Con mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud hecha por la Defensora Pública YANNETE FIGUEROA ADRIAN, y en consecuencia NIEGA LA SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR decretada contra MIGUEL ANGEL REYES SOLIS, plenamente identificado en autos, y se acuerda mantener incólume la medida privativa judicial preventiva de libertad que pesa en contra del sujeto activo prenombrado; Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251, 252 concatenado con el artículo 243 primer aparte todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes esta decisión. Diaricese. Regístrese. Cúmplase.