este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de ACCIÓN DE PERSECUCIÓN intentado por la ciudadana EDDY CRISTO NASSER, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.253.189 y de este domicilio, contra la OFICINA DE REGISTRO SUBALTERNO DEL MUNICIPIO JIMÉNEZ DEL ESTADO LARA, ambos identificados suficientemente en autos