Decide:
a) DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos MARINES DE LOS ANGELES GARCÍA FINOL Y JORGE WASHINGTON ALBOR VILLA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. 15.986.629 Y 9.7773.767, respectivamente, domiciliados en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
b) APRUEBA Y HOMOLOGA, el convenio suscrito por los progenitores respecto de las instituciones familiares dirigidas a proteger a la niña de nombre (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad), en el cual se establece lo siguiente:
¿ La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza, serán compartidas por ambos progenitores.-
¿ La Custodia la detentará la progenitora, ciudadana MARINES DE LOS ANGELES GARCÍA FINOL.-
¿ En relación con la Obligación de Manutención, el padre conviene en contribuir con la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (BS. 500,oo) QUINCENALES, y adicionalmente en el mes de diciembre para ropa y jugue.....