En consideración a todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y Falcón, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación contra la Sentencia de fecha 4 de Agosto de 2008 emanada del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón que declaro la PERENCION DE LA INSTANCIA, en el Procedimiento de Prescripción Adquisitiva presentada por la ciudadana Norelly Donado, venezolana, mayor de edad, abogado, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 43.943 actuando como apoderada judicial del ciudadano CRESENCIO ANTONIO GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 5.069.951, domiciliado en el Municipio Casigua del Estado Falcón.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada el 4 de Agosto de 2008 emanada del Juzgado de Primera Instan.....