DISPOSITIVO DEL FALLO
En consecuencia y con mérito a los argumentos antes señalados este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) INADMISIBLE la solicitud accionada por SILFREDO SEGUNDO BELTRAN REMON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.208.246, asistido por el abogado YAUREPARA REINOSO venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpreabogado Nº 40.635, de este domicilio, por solicitud de RETIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
No hay condenación en costas por la naturaleza del presente fallo.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Cód.....