1.- CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana BRIGIDA RAMOS DE OCANDO en contra de la Sociedad Mercantil SANKYO PHARMA VENEZUELA, S.A., ambas partes suficientemente identificadas en las actas procesales, por motivo de DIRERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y otros CONCEPTOS LABORALES..
2.- SE CONDENA a la demandada Sociedad Mercantil SANKYO PHARMA VENEZUELA, a pagar a la ciudadana BRIGIDA RAMOS DE OCANDO la cantidad de DIECIOCHO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN BOLÍVARES CON SETENTA Y CUATRO CÉNTIMOS ( Bs.18.943.891,74); a lo cual debe sumársele las cantidades que resulten de la experticia complementaria del fallo ordenada.
3.- SE ORDENA la realización de una experticia complementaria del fallo, a los fines de la determinación de la Incidencia del pago de los sábados, domingos y feriados en la antigüedad, vacaciones y utilidades, según los parámetros establecidos en la parte motiva del fallo.
4.- SE ORDENA el pago de los intereses de mora de la.....