Por las fundamentaciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción recursiva intentada por la ciudadana MARIATERESA DIAZ DIAZ, Fiscala Primera del Ministerio Público del estado Nueva Esparta, fundamentando su denuncia, conforme al contenido del artículo 447.5 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia .
SEGUNDO: REVOCA la decisión dictada el veintiséis (26) de septiembre del año dos mil once (2011), por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial Penal del estado Nueva Esparta,
TERCERO: ORDENA la inmediata celebración del juicio oral y público seguido en contra del acu.....