En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con lugar, el recurso de hecho interpuesto en fecha 03-03-2009 por los abogados Eudomar Cedeño Zabala y Neida González López, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 19.537 y 115.825, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Villadeati & Cardona, C.A.; contra el auto dictado en fecha 19-02-2009 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, que negó oír la apelación ejercida contra el auto de fecha 18-11-2008, dictado por el mencionado Juzgado.
Segundo: Se ordena oír en un sólo efecto la apelación interpuesta el 12-02-2009 por la parte ac.....