Por los fundamentos expuestos este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: Con Lugar la presente Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana Libertad Matilde Nieves Bogado en contra de la República Bolivariana de Venezuela por órgano de la Zona Educativa del Estado Zulia y en consecuencia, se ordena a la parte agraviante la inmediata reincorporación de la accionante al cargo de Subdirectora de la Escuela Básica Nacional Bolivariana "Dr. Raúl Cuenca", hasta tanto se dicte la resolución o decisión definitiva en el procedimiento administrativo que se le instruye.
No hay condenatoria en costas por gozar la accionada de éste privilegio procesal a tenor de lo previsto en el artículo 74 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.