PRIMERO: INADMISIBLE POR INIMPUGNABLE el recurso de apelación de autos interpuesto por el profesional del derecho Merardo Pírela, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 57.688, actuando con el carácter de defensa privada de la ciudadana Maika Karolina Suarez Colmeraes, titular de la cédula de identidad No. V.- 16.493.178, dirigido a impugnar la decisión No. 279-25, de fecha 03.02.2025 dictada por el Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 428 literal "C", en concordancia con lo preceptuado en el encabezado del artículo 442 ejusdem.