Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Decimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Desafecto, formulada por la ciudadana TAMARIS MAXULA MORILLO MENDEZ, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No V- 16.835.743, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, contra el ciudadano NATANAEL JOSÉ MOLINA GRATEROL, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. V- 13.324.111, de este domicilio y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veinte (20) de Julio de 1996, por ante el Registrador Civil y Secretario del municipio San Joaquin del Estado Carabobo, tal y como se evidencia del acta de matrimonio s.....