En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos,.... decide:
PRIMERO: ....declara procedente la Admisión de los Hechos del acusado, conforme al artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: Se declara culpable y penalmente responsable al adolescente (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA), por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE DROGAS EN CALIDAD DE AUTOR, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO.
TERCERO: Tomándose en cuenta las pautas establecidas en el artículo 622 de la Ley Orgánica para la Protección del los Niños, Niñas y Adolescentes, se le impone al adolescente como sanción, las medidas de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA contempladas en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescentes, con un lapso de Cumplimiento de UN (01).....