Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• SIN LUGAR la actividad recursiva ejercida por el profesional del derecho JOSE GREGORIO MATHEUS BENCOMO, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano WILMER RAFAEL LOPEZ RIVAS, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 20 de noviembre de 2013.
Quedando de esta manera CONFIRMADA la sentencia cautelar impugnada en todas sus partes.
No se hace especial condenatoria en costas procesales.
REGISTRESE y PUBLIQUESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en co.....