Por los fundamentos expuestos, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, WESTON KEN ZARRAGA MARTINEZ y CASTORILA DEL CARMEN ALVAREZ CAÑA, en fecha cuatro (04) de noviembre 2006, ante el Registro Civil de la parroquia Domitila Flores del municipio San Francisco del estado Zulia, tal como se evidencia de acta de matrimonio signada con el No. 343, acompañada a los autos en copia certificada.
Se ordena oficiar al Registro Civil de la parroquia Domitila Flores del municipio San Francisco del estado Zulia y al Registro Principal del estado Zulia, a objeto de que estampen la nota marginal correspondiente.