Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de la decisión de fecha veintinueve (29) de enero del año 2014, dictada por el Tribunal Séptimo de Juicio para el nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana YOLADIS MARÍA OSPINO NORIEGA en contra de la sociedad mercantil AFROS, C.A. TERCERO: SE CONFIRMA, la decisión de fecha veintinueve (29) de enero del año 2014, dictada por el Tribunal Séptimo de Juicio para el nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial.....