VISTA LA ADMISION DE HECHOS expuesta por el acusado antes mencionado, la cual ha sido expresada libre de coacción y apremios, con la asistencia de su defensor de confianza y guardando las garantías legales y constitucionales del debido proceso; SE DECLARA RESPONSABLE PENALMENTE Y EN CONSECUENCIA SE CONDENA AL ADOLESCENTE, DANIEL ALEXANDER BARRENO GUTIERREZ, por el delito de VIOLACION EN GRADO DE TENTATIVA EN CALIDAD DE AUTOR, previsto y sancionado en el encabezado del articulo 374 en concordancia con el articulo 80 del Código Penal, en perjuicio del niño OMISION PREVISTA EN EL ARTICULO 545 LOPNNA , y sobre la base de las pautas para determinar la sanción, de conformidad con el Artículo 622 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, buscando la formación integral del adolescente acusado y la adecuada convivencia familiar y social con el apoyo de especialistas y la participación de la familia respetando los Derechos Humanos, finalidades éstas que atienden la gama d.....