Por los fundamentos expuestos de hecho y de derecho, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, CONCEDE el PERMISO DE TRASLADO del penado BLADIMIRO ARRIETA BAZA, Venezolano, Natural de Machiques, casado, de Profesión u oficio Albañil, Titular de la Cédula de Identidad No. V-18.713.851, hijo de Manuel Arrieta y Digna Baza, residenciado en Sector 20 de Mayo, avenida Gran Colombia, al lado del taller Ergon, Santa Bárbara Estado Zulia; CON LAS EXTREMAS MEDIDAS DE SEGURIDAD QUE EL CASO AMERITE PARA EL permiso transitorio para que sea traslado los días 02-04-2005 y 03-04-2005, a la Ciudad de Barquisimeto Estado Lara, al encuentro deportivo multidisciplinario por la copa denominada "MI LIBERTAD PLENA", con motivo de la celebración los XXV Aniversario del Progreso de Tratamiento No Institucional (Día del Delegado de Prueba), en los términos antes .....