DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción interpuesta por la Ciudadana SARA JOSEFINA ORTIZ contra la empresa co-demandada PDVSA PETROLEO, S.A. por motivo de Calificación de Despido, Reenganche y pago de salarios caídos por improcedente, en virtud de prosperar la defensa de fondo alegada por la empresa PDVSA PETROLEO, S.A., referida a la falta de cualidad pasiva para sostener el presente asunto.
SEGUNDO: Se ordena remitir el presente asunto al JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, a fin de materializar las consecuencias previstas en el articulo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.....