Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, éste Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara:
1°) HOMOLOGADO el acuerdo transaccional celebrado entre la accionante LORENA ANDREINA LUENGO PÈREZ y la UNIDAD DE DIAGNOSTICO ZULIA C.A., presentado ante éste Tribunal como medio de autocomposición procesal.