DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos esta Sala número 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Abogada la Abogada YASMELY FERNÁNDEZ, Defensora Pública Trigésimo Primera Penal Ordinario e Indígena de la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, actuando con el carácter de defensor del imputado CIRILO ANTONIO BERZARES PAZ, identificado en actas, contra la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, signada con el N° 0303-11, de fecha 20 de enero de 2011, y SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida, haciéndose improcedente lo solicitado por la apelante, en cuanto a que se decrete a su defendido una medida cautelar sustitutiva de la privativa de la libertad de conformidad con lo pautado en el art.....