´DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN MARACAIBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la solicitud de exequátur presentada por la ciudadana MARLÍN CAROLINA SÁNCHEZ FINOL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-17.635.166, debidamente asistida por la abogada Naila Andrade Ramírez, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 12.463, consistente de solicitud de exequátur de la sentencia administrativa numero 317-1-24-SADM-00085, NCI numero 2024-0029480, expediente administrativo 2024-29480; dictada por la Sala Civil del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Judicial de San Cristóbal, República Dominicana, el día 8 de abril de 2024, que homologo el acuerdo sobre el régimen de visitas y custodia de su h.....