Por los fundamentos expuestos esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR los recursos de apelación interpuestos por el abogado en ejercicio CARLOS LUÍS OCANDO GARCÍA, en su carácter de defensor del ciudadano JESÚS ALEJANDRO CASTELLANO LABRADOR, y por el profesional del derecho LUÍS ALBERTO PRIETO BRICEÑO, en su carácter de defensor de los ciudadanos NEDIXON BALZA ÁVILA Y RONALD ENRIQUE SOTO VILLASMIL, contra la decisión N° 886-16, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en fecha 10 de Noviembre de 2016.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida, resultando improcedente la solicitud de de nulidad de la audiencia preliminar planteada por los recurrentes.
Publíquese, regístrese en el libro respectivo, déjese copia certif.....