En nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, este JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara: 1) SE DECLARA COMPETENTE, el tribunal para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad. 2) SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad incoado por la sociedad mercantil ORGANIZACIÓN MARKETING MIX, C.A., en contra de la Providencia Administrativa N° US-Z-078-2013, dictada en fecha veinticinco (25) de marzo de 2013, por la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES ZULIA (DIRESAT-ZULIA), del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. 3) SE ORDENA notificar a la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Estado Zulia (DIRESAT-ZULIA), en la persona de la Directora Estadal de Salud del Estado Zulia, remitiéndole copia de la presente decisión. 4) SE ORDENA notificar del presente fallo al ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA.