Con mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR LA SOLICITUD DEL DEFENSOR PÚBLICO Luis Beltrán Fuentes, y en consecuencia, NIEGA la sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad del ciudadano Richard Alexander Rojas plenamente identificado en autos, quien se encuentra presuntamente implicado, según la Representación del Ministerio Público, en la comisión del delito de Homicidio Intencional en grado de complicidad, sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 84 ordinal 1° ambos del Código Penal, manteniéndose incólume la medida privativa judicial preventiva de libertad que pesa en contra del ciudadano ut supra, la cual cumple en el Internado Judicial de la Región Insular; Todo de conformidad con lo estable.....