Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN POR PENA PRINCIPAL CUMPLIDA, a favor del penado ANGEL MANUEL SERRANO TABORDA, Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cedula de identidad N° 15.012.518, Casado, de profesión u oficio Mensajero, residenciado en el 18 de Octubre, Ave. 2, calle F, N° 2-44, cerca de la Ferretería Bernardo Morillo; en la causa seguida en su contra, por la comisión del delito como COOPERADOR INMEDIATO en el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 460 en concordancia con los artículos 80 del Código Penal, perjuicio del ciudadano YU SUNG FU; de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando sujeto a la Sujeción a la.....