En virtud del SOBRESEIMIENTO solicitado por la representación fiscal, esta Juez de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA que se sigue en contra de CESAR JOSE ROJAS QUINTANA antes identificado, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, por considerarlo ajustado a derecho, toda vez que se encuentran llenos los extremos del artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, porque no se pueden incorporar razonablemente nuevos datos a la investigación y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado, siendo insuficientes los elementos recabados en la investigación.
Por cuanto la presente decisión no ha sido dictada en audiencia pública, se ordena su notificación a las partes, a los fines de que pueda ser ejercido el recurso legal correspondiente, siguiendo las pautas que sobre notificaciones establece el refe.....