DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN OCCIDENTAL, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: INADMISIBLE el recurso de Nulidad de Acto Administrativo interpuesto por el ciudadano CARLOS ALBERTO DAVILA RODRIGUEZ, plenamente identificada en las actas, en contra de Providencia Administrativa dictada en el expediente N° 496, por el Inspector del Trabajo de los Municipios Carirubana, Falcón y Los Taques del Estado Falcón en fecha dieciocho (18) de marzo de dos mil cinco (2005), de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.