PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA CON PACTO DE RETRACTO incoada por el ciudadano YSMAEL DE JESÚS GONZÁLEZ ZABALA contra la ciudadana MARÍA LUISA PINO LEÓN. En consecuencia se ordena a la demandada hacer entrega material libre de personas y bienes del siguiente bien inmueble: una casa identificada con el No.22, ubicada en la calle 22 de la Urbanización Jóvito Villalba, sector apostadero, Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta, comprendido dentro de los siguientes linderos: SURESTE: En dieciséis metros con cincuenta centímetros (16,50 mts) de terreno con casa No.24, SUROESTE: En diez metros (10 mts) de terreno con calle No.22. NOROESTE: En dieciséis metros con cincuenta centímetros (16,50 mts) de terreno con la casa No.20; y NORESTE: En diez (10) metros de terreno con canal de agua de lluvia. Este inmueble se encuentra construido en un área de terreno propiedad del Instituto Nacional de la Vivienda.
SEGUNDO: SE CONDENA EN COSTAS a la demand.....