Por las razones anteriores, este Tribunal de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, al penado DIMAS ALBERTO ALTUVE CUMARE, titular de la cédula de identidad No. 14.159.323, de conformidad con el articulo 105 del Código Penal Vigente.-
En consecuencia, notifíquese al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público, líbrese Boleta de Citación del referido penado, Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al archivo judicial del Estado Lara. CUMPLASE.-