este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el N° 1-C, ubicado en la primera torre, lado izquierdo, primera planta del Edificio Rio Escalante del Conjunto Residencial Lago Azul, segunda etapa, construido sobre un lote de terreno que forma parte de mayor extensión, situado en el sector Sabaneta, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Dicho apartamento tiene una superficie aproximada de sesenta y un metros cuadrados con cincuenta y nueve decímetros cuadrados (61,59 Mts.²), y se encuentra alinderado de la siguiente forma: Norte: linda con fachada interna izquierda del edificio; Sur: linda con pasillo de distribución del piso respectivo; Este: linda con apartamento marcado con la letra D del piso respectivo y Oeste: linda con apartamento marcado con la letra B del piso respectivo, hoy propieda.....