• Medida Provisional de Colocación Familiar en Modalidad de Familia Sustituta de la niña SE OMITE EL NOMBRE DEL NIÑO, NIÑA Y/O ADOLESCENTE SUJETO A PROTECCIÓN, de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el hogar de su prima en segundo grado, ciudadana DORIS DEL CARMEN ALAÑA PIÑA.
• De conformidad con los artículos 401 y 401-B de la LOPNNA, la ciudadana DORIS DEL CARMEN ALAÑA PIÑA, deberá proceder de manera inmediata a incluirse en un programa de colocación familiar, a los fines indicados en la normativa legal. Asimismo, el seguimiento del presente caso, queda bajo la responsabilidad del programa de Familia Sustituta del Instituto Autónomo Consejo Nacional de Niños, Niñas y Adolescente (IDENA), quienes deberán informar cada tres (03) meses al Tribunal, de las evaluaciones Integral con el respectivo informe bio – psico - social - legal, para lo cual se ordena oficiar a dicha Entidad.
• Provee las Copias Certificadas, so.....