Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
1.- SIN LUGAR, la demanda formulada por el ciudadano JORGE MIGUEL CONSUEGRA COSTA, en fecha treinta y uno (31) de Mayo de 2006, en el juicio de Querella Interdictal Restitutoria seguido en contra de los ciudadanos ALVARO URRIBARRÍ, y GISELA MARGARITA PEROZO BRACHO, plenamente identificados en actas.
2. SE REVOCA la medida de secuestro practicada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Miranda, Simón Bolívar, Lagunillas, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha Catorce (14) de Octubre de 2.009. Ofíciese a la Depositaria Judicial Maracaibo, C.A. (DEJUMACA), a los fines de la liberación del bie.....