DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción que por cobro de bolívares fue interpuesta por el ciudadano MEDARDO PIRELA en contra de las ciudadanas CATERINA PELLEGRINI y VIVIANA LENASDUZZY, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada pagar a la parte actora la cantidad de cinco mil cuatrocientos bolívares fuertes (Bs. F. 5.400,oo), por concepto del daño material reclamado en el escrito libelar y así se decide.
TERCERO: Con vista a la naturaleza de la decisión, este Tribunal no hace expresa condenatoria en costas.