Seguidamente el tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente amparada provisionalmente, la posesión del querellante, ciudadano FEDERICO ANTONIO VALBUENA, sobre un inmueble, constituido por una casa y demás mejoras fomentadas sobre un lote de terreno ubicado en el sector Háticos del Norte, de la jurisdicción del Municipio Miranda del Estado Zulia; que se encuentra cercado y tiene una superficie de veintiun metros (21 mts) de frente por ciento cuarenta y dos metros (142 mts) de fondo, totalizando una superficie de terreno de dos mil novecientos ochenta y dos metros cuadrados (2.982 mts), y presentan los siguientes linderos: NORTE: con terreno de Manuel Valles; SUR: con terreno de Joaquin Oberto; ESTE: Vía publica que conduce a los puertos de Altagracia y OESTE: El Lago de Maracaibo, picado en el sector Los Haticos del norte. En este estado hizo acto de presencia en el inmueble, el ciudadano GONZALO RAMON.....