DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por
Autoridad de la Ley, Declara: INADMISIBLE por falta de LEGITIMACIÓN el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano DARIO SEGUNDO ECHETO OCHOA, venezolano, titular de la cédula de Identidad N° 4.754.112, en su carácter de presunta víctima, asistido por el Abogado en ejercicio NELSON MONTIEL URDANETA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.181, en contra de la decisión N° 1420 dictada en fecha 24-10-04 por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual el referido Juzgado ordenó el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano JORGE ACOSTA, por el delito de Corrupción cometido en perjuicio del Estado Venezolano, de acuerdo a lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal .....