IV.- DISPOSITIVO
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos JOSE GREGORIO AVILA MASS I RUBI, venezolano, mayor de edad, con cédulas de identidad V-7.885.580, abogado inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°157.016, domiciliado en el municipio Maracaibo del Estado Zulia, con números telefónicos: 0414-1041463, con correo electrónico: jgam874@gmail.com, y ELDA ROSA RAMOS PARRA, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° V-7.819.962, de igual domicilio, con número telefónico: 0412-4272968, con correo electrónico: pierinaavila02@gmail.c.....