Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por el ciudadano Abogado ROBERTO DE JESUS DELGADO GARCIA, actuando con el carácter de defensor de los ciudadanos LEOPOLDO ANTONIO MIRANDA MOLA, RODRIGO MANUEL LOPEZ ACOSTA, MARIA ANTONIA GIL TORRES y BETTY LUZ FLORES NAVARRO.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 140-11, dictada en fecha 27 de septiembre de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas.
TERCERO: ORDENA al Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas, la pronta realización del juicio oral y público, a fin de evitar la dilación judicial injustificada, que puede s.....