DECISIÓN
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano ENRIQUE JOSÉ CÁRDENAS RAMOS, actuando en nombre y representación del ciudadano PEDRO ENRIQUE TORRELLES TOVAR, asistido por la Abogado en ejercicio NANCY CHÁVEZ JÍMENEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 26.246. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, de fecha 21-08-2010, bajo el N°. 4C-1323-10, mediante la cual negó la entrega material del vehículo marca: "MARCA FORD, MODELO FARIMONT, PLACAS UAB-610, COLOR VINOTINTO Y GRIS, AÑO 1.978, CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, USO PARTICULAR, SERIAL DEL MOTOR 6 CIL, SERIAL CARROCERÍA: AJ92UJ47372".
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