DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes señalados en la parte, motiva de esta decisión, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
La homologación del desistimiento del procedimiento, realizado por la parte actora en fecha trece (13) de noviembre de 2007, a través del profesional del derecho, ciudadano DAVID ALBERTO DELGADO RIOS, antes identificado, da carácter de cosa juzgada.
Asimismo se ordena devolver los originales solicitados previa certificación en autos de los mismos y una vez que conste en autos el retiro de dichos recaudos, se ordena remitir el expediente al archivo judicial.