Impone a los adolescentesIDENTIDAD OMITIDA, las sanciones de REGLAS DE CONDUCTA, SERVICIO COMUNITARIO y LIBERTAD ASISTIDA, contenida en los artículo 624 ,y 625 y 626 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes, POR EL LAPSO DOS(02) AÑOS y la sanción de SERVICIO COMUNITARIO por un lapso de SEIS (06) MESES. La sanción de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, prevista en el articulo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes consistente en: que deberá Estudiar y/o trabajar, Debiendo presentar constancia que así lo acredite, cata tres (03) meses ante el Tribunal de Ejecución , la sanción de LIBERTAD ASISTIDA establecida en el artículo 620 literal D de la ley especial por el lapso de SEIS MESES , consistente la misma en la cual consiste en someterse a la orientación y supervisión ante los servicios auxiliares de esta sección adolescentes ,una vez al mes y la sanción la SANCION DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD prevista en el articulo.....