1.- DECRETA MEDIDA PROVISIONAL DE EMBARGO: sobre el 50% del salario o sueldo mensual, incluyendo las comisiones, bonos, vacaciones, bono vacacional, primas de todo tipo, utilidades, prestaciones sociales, e intereses de las mismas, bien sea que estén en la cuenta de la contabilidad de su patrono o que se encuentren depositadas en la figura bancaria de fideicomiso; las cantidades de dinero que tenga depositadas en Caja o Fondo de Ahorros, incluso el aporte a dicha cuenta de su patrono; igualmente sobre las cantidades de dinero que tenga ahorradas por la Ley de Vivienda y Hábitat, incluso sus aportes y los aportes patronales al mismo; toda remuneración e indemnización que el patrono deba pagarle; que reciba o deba recibir el ciudadano ELADIO SEGUNDO GUTIERREZ VASQUEZ, como trabajador al servicio de la empresa ALIMENTOS POLAR COMERCIAL. OCC- MARACAIBO.
2.- DECRETA MEDIDA PROVISIONAL DE EMBARGO: sobre las cantidades de dinero que se encuentran en el cheque de Gerencia signado con el N°.....