Por todos los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA el sobreseimiento por prescripción de la presente causa, seguida contra el ciudadano DANILO JAVIER MONTERO VANEGA, venezolano, natural de San Carlos del Zulia, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V- 10.684.186, y residenciado en el Barrio Juan de Dios González, cerca de la carpintería de Rosmel Fernández, casa sin numero, San Carlos, Municipio Colón, Estado Zulia, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado para la fecha de su comisión en el articulo 457 del Código Penal de Venezuela Vigente para la fecha del hecho, hoy artículo 455, en perjuicio del ciudadano NERIO JOSE CHOURIO AÑEZ, quedando en consecuencia extinguida la acción.....