declara:
a) CON LUGAR la demanda de Fijación de Pensión Alimentaria, intentada por el ciudadano JESUS ANTONIO ALVAREZ VALERO, en contra de la ciudadana FANNY VALERA FERNANDEZ, a favor del niño (SE OMITEN LOS NOMBRES DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD). Ahora bien para establecer el monto de la pensión alimentaria esta Juez Unipersonal No. 4, tomando en consideración la capacidad económica del reclamado de autos: Fija como pensión alimentaria mensual la cantidad equivalente a DOS TERCIOS (2/3) salario mínimo, es decir la cantidad a cancelar por el progenitor es de CUATROCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs.409.860,00) mensuales, en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional y que actualmente asciende a la cantidad de SEISCIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS NOVENTA BOLÍVARES (Bs. 614.790,00) mensuales. Para el momento en que se incremente el salario mínimo para los trabajadores del País, en esa misma proporción será aumentada automáti.....