En base a lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR lo solicitado por la Fiscalía VII Del Ministerio Público, y en consecuencia hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: "se DECRETA el "SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, por PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo previsto en el l artículo 49 numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal y 615 de la Ley orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en beneficio del hoy adolescente IDENTIDAD OMITIDAPOR IDENTIFICAR por el delito de ABUSO SEXUAL previsto en el articulo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes vigente para el momento de los hechos en perjuicio de la COLECTIVIDAD. Notifíquese A LA FISCAL AUXILIAR SUPERIOR DEL MINISTE.....