Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
1. COMPETENTE para conocer el presente recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por la abogada Laura Manstretta Cardozo, en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil TONY GAS C.A. contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa PA US-Z-008-2011, de fecha 11 de enero de 2011, dictada por la DIRECCIÓN ESTATAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO ZULIA (DIRESAT ZULIA).
2. SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho el recurso interpuesto; y en consecuencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo SE ORDENA NOTIFICAR al ciudadano DIRECTOR ESTATAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO ZULIA (DIRESAT ZULIA); al .....