este TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO:
SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Representación Fiscal en contra del ciudadano: JULIO CESAR FUNEZ MERCADO, de nacionalidad Colombiana , de Sincelejo Sucre, titular de la cedula de identidad Colombiana Nº 92.540.179, soltero, de 29 años de edad, fecha de nacimiento: 18-10-80, hijo de Julio Funez y de Alcira Rosa Mercado, y residenciado en Caracas Estado Miranda Municipio Baruta, Parroquia Las Minas Callejón San Rafael con calle Las Dalias, casa Nº 09, por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD FALSO, previsto y sancionado en el artìculo 45 de la Ley Orgánica de Identificación.
SEGUNDO:
Se admiten totalmente por estimarse legales, licitas, pertinentes y necesarias las pruebas ofrecidas por el fiscal del ministerio públ.....