Visto los argumentos expuestos, este Tribunal condena al apoderado judicial RAFAEL SUAREZ MEDINA a cancelar una multa de diez unidades tributarias (10 UT), la cual se pagará en el lapso de tres (3) días hábiles siguientes a la resolución del Tribunal, por ante cualquier Oficina Receptora de Fondos Nacionales, para su ingreso en la Tesorería Nacional.
Así mismo tomando en cuenta que el trabajador no es responsable de las acciones de su apoderado judicial y en aras de la tutela jurídica efectiva y el derecho a la defensa, este Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de Maracaibo, admite la demanda por cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena emplazar mediante cartel de notificación, a la parte demandada sociedad mercantil BANCO FEDERAL, C.A, a uno cualquiera de los ciudadanos MANUELA DOS REIS, JOSE FRANCISCO MORENO o ROSA MAR.....